Las principales ayudas para autónomos

Las principales ayudas para autónomos
Las principales ayudas para autónomos

Desde la entrada en vigencia de la ley de Autónomos se han dispuesto de diversas medidas que brindan nuevas bonificaciones, reajustes fiscales y ayudas; encaminadas a optimizar las condiciones en las que trabaja este colectivo profesional.

Por lo tanto, si eres autónomo, seguramente que te alegra saber esto. El Ministerio de Empleo ha publicado un tríptico en el que se recopilan, de forma breve, las principales ayudas a las que pueden optar los trabajadores por cuenta propia.

Entre las principales ayudas para autónomos tenemos:

Cuota mensual de 50 euros: Quienes se den de alta por primera vez en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) cancelarán una cuota 50 euros al mes durante un año. Pasado este periodo, tendrán una reducción del 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes, del 30% los tres meses posteriores.

Finalmente, una bonificación del 30% de la cuota los tres meses siguientes. Igualmente pueden acogerse a esta cuota reducida quienes se den de alta tras no haberlo hecho en los dos años anteriores.

Esta bonificación se modifica en función de la base de cotización. Así, quienes resuelvan darse de alta con una cuota mínima, cancelarán 50 euros al mes durante un año. Mientras que, si eligen la base más alta, se les aplica una reducción del 80% de la cuota durante los doce primeros meses.

Pasado este período de 12 meses, podrá aplicarse una bonificación del 50% sobre la cuota por contingencias comunes; incluida la incapacidad temporal, durante 48 meses hasta completar un periodo máximo de 5 años desde la fecha del alta.

Disminución del 30% de la cuota a la Seguridad Social: Los menores de 30 años o, en su defecto, las mujeres menores de 35 años pueden elegir una reducción del 30% de la cuota a la Seguridad Social durante los 12 meses siguientes a la finalización de la bonificación por haberse dado de alta como autónomos. La duración máxima de estas bonificaciones será de 36 meses.

Los trabajadores con discapacidad superior al 33% y las víctimas de violencia de género igualmente podrán solicitar esta reducción de la cuota a la Seguridad Social.

Bonificación del 100%: Los autónomos de baja por maternidad, paternidad, peligros durante el embarazo, lactancia, o aquellos que deban contratar a un familiar para conciliar la vida laboral y familiar; podrán optar por una bonificación del 100% de las cuotas. Cuando el autónomo se reincorpora paga una cuota mensual de 50 euros durante un año.

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