Impulso a las Redes de Business Angels

Desde el año 2010, el Ministerio de Industria, Energía y Turismo por medio del programa de Impulso a Redes de Business Angels propicia el robustecimiento y profesionalización de las organizaciones denominadas redes de Business Angels.

Las redes de Business Angels se encargan de desarrollar servicios de intermediación entre empresas emprendedoras (Startups) y potenciales inversores privados interesados en el proyecto (Business Angels).

Dichas colaboraciones persiguen el objetivo de contribuir al fortalecimiento y profesionalización de las organizaciones que prestan servicios de intermediación entre startups y potenciales inversores (business angels) de tal modo que con un crecimiento más amplio y especializado de los servicios que emplean se propicie un mejor acceso de las PYMES a una nueva modalidad de financiación como la que representan los denominados “business angels”.

El Programa de Impulso a Redes de Business Angels igualmente propone el establecimiento de nuevos círculos en aquellas regiones en las que no mantengan presencia activa, con el objetivo de promover y simplificar la financiación de los proyectos empresariales emergentes.

Las ayudas están a disposición de a aquellas entidades que posean una figura jurídica propia, pública o privada, a su vez que sean capaces de demostrar un cierto potencial para atraer inversores, que tengan capacidad para evaluar y desarrollar la inversión en proyectos de PYMES emprendedoras e innovadoras, y que sean capaces de mantener vínculos de cooperación con los diferentes agentes que actúan en el proceso de la creación de empresas y el fomento de la innovación (agencias de desarrollo, parques y centros tecnológicos, etc.).

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Resumen de Convocatorias

Bases Legales

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[su_spoiler title=”Objetivos y régimen de ayudas” style=”fancy”]

Visibilizar y prestar apoyo a las “redes de Business angels” que ofrezcan servicios de calidad, de manera transparente y regular, desde emprendedores hasta inversores, con la finalidad de ampliar y facilitar la oportunidad  que tienen las pequeñas y medianas empresas de acceder a nuevas fuentes y modalidades de financiación.

Estas ayudas serán otorgadas bajo la figura de subvenciones.

La convocatoria que se realizan para los ejercios mantienen su carácter anual con un procedimiento único de evaluación y resolución.

Será de concurrencia competitiva el régimen de concesión, esto último conforme a los principios normativos de publicidad, transparencia, equidad  y no discriminación.

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[su_spoiler title=”Beneficiarios” style=”fancy”]

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  • Entidades constituidas con figura jurídica propia, públicas o privadas, con o sin fines de lucro y cuyo objeto social sea la realización de tareas específicas de una red de “business angels”.
  • También podrán ampararse bajo esta condición aquellas que con objeto social más amplio, manifiesten que, entre las múltiples actividades que realizan, se encuentra aquellas propias de una red de “Business angels” a fin de estimular la aportación de recursos financieros a proyectos emprendedores a través de lealización de las tareas de información, difusión e intermediación que derivan de los asuntos precisos para tal fin.

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[su_spoiler title=”Actuaciones objeto de ayuda” style=”fancy”]

  1. Actividades de prestación de los servicios de información, difusión, intermediación, análisis de proyectos y aquellos otros elementos que resulten adecuados para estimular la aportación de recursos financieros a proyectos empresariales innovadores.

  2. Actuaciones de carácter anual para las que se requiera financiación, deberán incluirse en la solicitud presentada y en la memoria técnica y económica que le complementen.

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[su_spoiler title=”Financiación y cuantía máxima” style=”fancy”]

La financiación de estas ayudas estará dispuesta bajo las aplicaciones que se determinen anualmente en los correspondientes Presupuestos Generales del Estado y que se detallen en las convocatorias. Durante el año 2013, el importe de las ayudas alcanzó la cuantía de 450.000 € para actuaciones dirigidas a la creación y desarrollo de nuevas redes de «business angels», y de 150.000€ para actuaciones de prestación de los servicios generales relacionadas con el desenvolvimiento general de la red.

Adicionalmente es de suma importancia saber que las ayudas otorgadas obedecerán a la figura de subvenciones.

La cuantía máxima de subvención concedida, en ningún caso podrá exceder de los 50.000 € para el ejercicio anual.

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[su_spoiler title=”Gastos subvencionables” style=”fancy”]

  1. Los referidos al personal técnico involucrado directamente en la evolución de la actuación.

  2. Los correspondientes al pago de asesorías o consultoría externa para la realización de las actuaciones a las cúales se solicite ayuda.

  3. Los dispuestos a la organización de jornadas, foros, encuentros y actividades de intercambio.

  4. Los empleados bajo la figura de difusión, marketing y promoción de los “business angels”

  5. Los derivados de los estudios empleados para determinar la viabilidad y rentabilidad de proyectos de inversión.

  6. Los que surgen del departamento administrativo, con un máximo del 10% de los gastos totales del personal técnico que figure en la memoria técnica y económica. Incluye gastos corrientes.

  7. Los que se  empleen en la constitución de las  Redes de Bussines Angels en su fase de creación.

  8. Los que obedecen a los informes realizados por los auditores o empresas especializadas en el área.

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[su_spoiler title=”Solicitud y documentación” style=”fancy”]

Plazo de presentación de solicitudes

Del 29 de junio al 29 de julio, ambas fechas incluidas.

Documentación necesaria

Se pueden adjuntar a la solicitud  aquellos ficheros que se consideren necesarios. El tamaño de los mismos no deberá exceder de 3 MB y deberá estar bajo el formato PDF (Portable Document Format).

Es necesario tener instalado en el PC la Máquina Virtual de Java versión 1.6 o superior para la ejecución del programa. Si desea conocer los pasos necesarios para la instalación de la máquina virtual puede hacerlo a través de las siguientes instrucciones.

Toda presentación de la documentación requerida se efectuará ante el registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo mediante una firma electrónica. Dicha persona que adjudique la solicitud en nombre del organismo solicitante deberá firmarla con su certificado digital de usuario. Este último documento debe haber sido emitido por un prestador de servicios que posea una certificación aceptada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.

Solicitud de ayuda y cuestionario

La cumplimentación y el envío telemático tanto de la solicitud  como del cuestionario se realizan a través de la aplicación informática descargable.

Memoria técnica y económica del proyecto

Para este apartado se facilitan dos guías de contenidos esenciales. La primera está dirgida a las Redes de Bussines Angels que se encuentran operativas y la segunda a las Redes en proceso de creación. Según sea el caso, cada organismo solicitante deberá tener en cuenta cual es la indicada para el proceso de la elaboración de sus Memorias Técnica y Económica que, una vez finalizadas, deberán anexarsde como fichero adjunto con el resto de documentación requerida.

Ambas memorias deben incluir todos los aspectos indispensables para valorar el plan de actuación conforme a los objetivos y criterios de valoración expresados en el texto de la convocatoria.

El índice que se facilita es un índice con caracter estándar y por ende, no contempla ni responde abiertamente a las singularidades propias de los diversos planes de actuación. En este sentido, en los casos en que sea necesario para poder apreciar debidamente el alcance y la dimensión del plan, el solicitante deberá suministras los datos e informaciones que sean de utlidad para ello.

Guía para la elaboración de la memoria técnica y económica de las Redes de Business Angels

Guía para la elaboración de la memoria técnica y económica de las Redes de NUEVA CREACIÓN

Poder de representación del firmante de la solicitud

Es necesario manifestar que se deberá acreditar el poder del firmante. No es necesaria la presentesación de este documento si el mismo obra en poder del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Para este caso se deberá indicar, en el cuestionario de solicitud, el número del expediente que le fue comunicado al momento del trámite, resaltando que no deben haber transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que corresponda.

Escritura de constitución de la red

El objeto de la entrega de estos documentos radica en conocer la existencia de la red frente a terceros. Al igual que en la caso anterior la presentación de este documento no será necesaria si el mismo obra en poder del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Para este caso se deberá indicar, en el cuestionario de solicitud, el número del expediente que le fue comunicado al momento del trámite, resaltando que no deben haber transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que corresponda.

Declaración de otras ayudas

Esta declaración deberá ser cumplimentada y enviada como un fichero anexo. Cuando no se hayan recibido o solicitado las ayudas a las que se hace referencia en este apartado, se deberá manifestar en los espacios correspondientes cumplimentando la columna detallada para el importe con la cantidad de “0 euros”.

Deben de cumplimentarse los dos casilleros:

  • Las ayudas para el mismo proyecto
  • Las ayudas sujetas a la regla de minimis

Modelo de Declaración de ayudas

Declaración de vinculación con terceros

De ser necesario se adjuntará una declaración de vinculación con terceros del solicitante, donde se deberá acreditar si el ente beneficiario tiene algún tipo de vinculación con las entidades contratadas para la ejecución de cualquiera de las actividades expresadas en la memoria técnica.

Modelo de Declaración de vinculación con terceros.

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[su_spoiler title=”Atención al solicitante” style=”fancy”]

Consultas relativas a la aplicación informática

Teléfono: 91 349 40 05

Horario de atención telefónica:

  • De 9:00 a 17:30 horas de lunes a jueves
  • De 9:00 a 15:00 horas los viernes

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[su_spoiler title=”Consulta estado de tramitación” style=”fancy”]

Se puede consultar la tramitación del expediente al igual que toda la documentación asociada a través de la plataforma de la Sede Electrónica del Ministerio.

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[su_spoiler title=”Subsanación” style=”fancy”]

Plazo de subsanación: del 4 al 14 de septiembre, ambas fechas incluidas.

La subsanación se se realizará bajo la misma aplicación informática donde se realizó el envío de la solicitud.

Si es necesario corregir el cuestionario, luego del proceso de corección se procederá a validar el contenido con la opción “Validar todo”. Si todo es correcto, se habilitará la opción “Presentación Telemática” que permite acceder al envío telemático. Es importante no olvidar adjuntar el cuestionario modificado.

Si por el contrario, no se ha requerido corregir el cuestionario, igual que en el caso anterior, es necesario validar el cuestionario que se envió al presentar la solicitud, opción “Validar todo”, de esta forma se habilitará el botón de “Presentación Telemática” y podrá realizar el envío. Para este último paso no será necesario anexar el cuestionario ya que éste no ha sido modificado.

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[su_spoiler title=”Resolución provisional” style=”fancy”]

Las notificaciones de de la propuestas de resolución provisional mediante el procedimiento de concesión de ayudas para el estímulo de las Redes de Business Angels.

Convocatorias realizadas:

  • Resolución de 6 de junio de 2013, emanada de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, donde se efectuó la convocatoria correspondiente al año 2013 de las subvenciones dispuestas para el estímulo de las redes de «business angels» en proceso de su creación.
  • Resolución de 6 de junio de 2013, emanada de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, donde se efectuó la convocatoria correspondiente al año 2013 de las subvenciones dispuestas para el estímulo de las redes de «business angels» en estado de operatividad.

Fecha de Notificación de la convocatoria: 15 de octubre de 2013

La Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa se encarga de notificar electrónicamente a todos los solicitantes apegados a la Propuesta de Resolución Provisional de concesión de ayudas para el impulso a las Redes de Business Angels, debido a los acuerdos adoptados por las reuniones que realizara la Comisión de Evaluación.

En este caso, los solicitantes poseen un plazo de 10 días naturales, a partir de la fecha y hora en la cual se coloque a disposición de cada notificación realizada por la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, para aceptar la proposición y adjuntar la documentación solicitada, rechazarla o manifestar alegaciones si las hubiere.

Para tener acceso a la propuesta de resolución provisional según cada expediente, cada solicitante deberá:

  1. Consultar el documento “Propuesta de resolución provisional de concesión”, publicado en la misma página, con el fin de ver si se encuentra entre los solicitantes con ayuda propuesta.
  2. De ser afirmativo, debe consultar su propuesta provisional en la sección Notificaciones electrónicas de la sede electrónica, o a través de la consulta del Registro electrónico, en ambos casos debe corresponder con el certificado de usuario de la persona que generó la solicitud.
  3. Si se consulta el expediente en el registro electrónico, debe ingresar al apartado “Resolución provisional de concesión”, que sólo se generará si su expediente se encuentra en la lista de las ayudas propuestas.
  4. Junto a dicha propuesta se encontrará el “Documento de aceptación”, con los mismos importes de concesión que aparecen señalados en la propuesta.
  5. La concesión provisional generada por el solicitante posee tres estatus: “Aceptada”, “Rechazada”, o bien en proceso de realizar alegaciones a la misma.
  6. Si se desea aceptar la resolución provisional de concesión, debe ingresar al “Formulario de aceptación de ayuda de Redes de Business Angels” descrito en la parte inferior. Debe adjuntar el código del expediente que se desea aceptar, y se debe ingresar indispensablemente el “Documento de aceptación” que debe encontrarse junto al de “Resolución provisional de concesión” en el expediente electrónico del registro.
    1. El documento de aceptación debe estar firmado electrónicamente mediante la aplicación eCoFirma por el responsable o los responsables (para casos de firmas mancomunadas) de la entidad solicitante. La aplicación eCoFirma se encuentra disponible en la sede electrónica del ministerio, en el apartado de “Utilidades” y en la opción de “eCoFirma (Utilidad de copia y firma electrónica)” donde podrá visualizar sus instrucciones de uso.
    2. Si el responsable o los responsables de la entidad hubiesen realizado algún cambio y no coincidan con los realizados en la presentación de los poderes, se debe volver a aportar la nueva documentación en la que se exprese la acreditación de dicha representación, y deberá estar adjunta al “Formulario de aceptación de ayuda de Redes de Business Angels”, igualmente firmados con la aplicación eCoFirma.
    3. Si fuese necesario la solicitud de documentación que represente la solvencia de las obligaciones con la Agencia Estatal Tributaria o con la Tesorería General de la Seguridad Social, o con la correspondiente Agencia Foral tributaria, debe añadirse en este “Formulario de aceptación de ayuda”.
    4. El responsable de la entidad solicitante debe igualmente firmar el “Formulario de aceptación de ayuda de Redes de Business Angels” con su firma electrónica.
  7. Si por algún motivo se rechaza la ayuda propuesta, el usuario puede acceder al “Formulario de rechazo de ayuda de Redes de Business Angels” dispuesto en la parte inferior. Para este proceso es necesario indicar el código del expediente a rechazar, y deberá ir firmado por el responsable de la entidad.
  8. Si se considera introducir alegaciones a la propuesta de resolución provisional, se debe acceder al “Formulario de alegaciones a la propuesta de resolución provisional de Redes de Business Angels” situado en la parte inferior, indicando el código del expediente, las razones de alegación y opcionalmente la documentación que se considere oportuna. Una vez conclusas las alegaciones que se formulen, deberán publicarse en la misma dirección de Internet con la relación de expedientes afectados, desde donde los solicitantes que hayan introducido la figura de alegación podrá acceder a la propuesta de resolución de forma definitiva.

Formularios de aceptación, rechazo y alegaciones:

Contactos para la resolución de dudas

Para cuestiones administrativas o de índole procedimental:

Para cuestiones informáticas:

Listas publicadas

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[su_spoiler title=”Resolución de concesión” style=”fancy”]

Finalizado el procedimiento de concesión de ayudas para las distintas convocatorias anuales, el Programa de Impulso a las Redes de Business Angels, la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa notifican electrónicamente a todos los solicitantes su resolución individual, que se visualiza en el área de notificaciones electrónicas de la sede electrónica, o a través del registro electrónico, siendo en ambos casos indispensable contar con el certificado de usuario de la persona que generó la solicitud.

En este sentido, se da orden expresa de publicación a través de este medio de los listados de ayudas concedidas y denegadas.

Proceso de petición de modificaciones

Adicionalmente, los beneficiarios podrán solicitar modificaciones dispuestas en la resolución de concesión sólo en los términos que figuran en las bases reguladoras. Para esto necesitarán utilizar el Formulario de envío de documentación para el Programa de Impulso a las Redes de Business Angels.

Contactos para la resolución de dudas

Para cuestiones administrativas o de índole procedimental se pueden realizar contactos a través del correo electrónico: bangels@minetur.es

Si se requiere apoyo en instrucciones informáticas:

Listado de documentos

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[su_spoiler title=”Justificación: Convocatoria 2013″ style=”fancy”]

Plazo de Presentación

La presentación de la documentación será del 1 de abril hasta el 30 de junio del año siquiente, ambos días inclusive

Presentación electrónica

Si se desea se podrá canalizar por vía electrónica la presentación de la documentación justificativa, a través del formulario habilitado para tal efecto, igualmente haciendo uso del certificado digital del representante legal autorizado, e indicando el número de expediente. Si fuere el caso que los ficheros adjuntos superaran el tamaño máximo permitido por envío, se podrán realizar varios envíos sucesivos para completar la documentación.

Formulario de solicitud de verificación técnico-económica (justificación)

Instrucciones para la justificación

Modelos de documentos a presentar

Descarga de logotipos

Conforme a las bases reguladoras, las publicaciones, actividades de difusión, páginas Web y otros resultados que deriven del proyecto, debe hacer mención al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, como entidad financiadora. De acuerdo a esto se colocan a disposición los logotipos para tal fin.

Es de suma importancia resaltar que los logotipos facilitados acá quedan prohibidos para el uso con fines comerciales, ya que quedan exclusivamente asignados para su uso personal. Cualquier acción que implique transmitir, modificar o copiar total o parcialmente la imagen de los logotipos con fines públicos o comerciales sin ningún tipo de consentimiento por alguna documentación escrita del Ministerio queda irrestricamente prohibida.

Descarga del logo formatos: .JPG y .AI (Adobe Illustrator)

Contactos para la resolución de dudas

Referidas a asuntos administrativos o de índole procedimental:

Referidas a instrucciones informáticas:

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