Factoring

Definición

Operación financiera que consiste en la cesión de la “cartera de cobro a clientes” (facturas, recibos, letras… sin embolsar) de un Titular a una firma especializada en este tipo de transacciones (sociedad Factor), convirtiendo las ventas a corto plazo en ventas al contado, asumiendo el riesgo de insolvencia del titular y encargándose de su contabilización y cobro.

 
Normativa básica que lo regula

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Características

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  • Apto para aquellas PYME cuya situación no les permitiría soportar una línea de crédito.

  • Apto para empresas preocupadas por sus riesgos comerciales, que valoran incurrir en un coste para asegurarlos.

  • Apto para empresas que se plantean una gestión externa del cobro de clientes y las que buscan una gestión especializada.

  • Apto para empresas que quieren financiarse -sin endeudarse según criterios de CIRBE-, o que necesitan presentar un balance mejorando sus ratios de liquidez o de tesorería.

  • Las operaciones de factoring pueden ser realizadas por entidades de financiación o por entidades de crédito: bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito.

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Subtipos

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  • Factoring sin garantía o sin recurso. El Factoring sin recurso implica la compraventa de facturas por el 100% del valor de las mismas menos un porcentaje o diferencia de precio, sin requerir la firma de avales o garantías de ningún tipo. La empresa de factoring asume totalmente el riesgo de incobrabilidad del deudor.

  • Factoring con garantía o con recurso. El Factoring con garantía o con recurso implica la compraventa de facturas, recibiendo el cliente un anticipo financiero por una parte del valor de dichas facturas. Las empresas que desarrollan esta modalidad de Factoring no asumen el riesgo de incobrabilidad del deudor y, por ello, solicitan al cliente la firma de un vale, de un aval o de una fianza como garantía del adelanto recibido. El Factoring con recurso se asemeja a lo que comúnmente se conoce como cesión de crédito en garantía.

  • Factoring doméstico. El Factoring doméstico es el realizado con documentos de crédito representativos de compraventas dentro de un país.

  • Factoring de exportación. El Factoring de exportación corresponde a la compra de documentos de crédito que documentan ventas al exterior. Habitualmente la compañía que realiza el Factoring se asegura la cobrabilidad mediante un seguro de crédito con una compañía aseguradora o con otra compañía de Factoring del país del importador.

  • Factoring de importación. El Factoring de importación es el aseguramiento de créditos que exportadores de un país otorgaron a importadores de otro país. Es el complemento del Factoring de importación y suele incluir los servicios de gestión de cobranza y transferencia de los fondos al país del exportador.

  • Factoring corporativo. El factoring corporativo es la cesión global de las cuentas a cobrar de una empresa. La compañía de Factoring suele encargarse de realizar adelantos financieros a los proveedores, así como el pago de cuentas a cobrar o salarios.

  • Factoring de créditos por ventas ya realizadas. El Factoring de créditos por ventas ya realizadas es la forma más habitual de Factoring. Los créditos adquiridos corresponden a mercadería o servicios ya recibidos por el comprador.

  • Factoring de créditos por ventas futuras. En algunas legislaciones se permite ceder créditos a cobrar de ventas a realizar. Esta modalidad suele ser habitual cuando existen flujos a compradores habituales o créditos a cobrar a tarjetas de crédito.

  • Factoring al vencimiento o maturity factoring. Conocido como Factoring de “precio madurez”, constituye una operación de servicio completo pero sin financiamiento. El factor hará el análisis de los deudores y determinará el monto del crédito aprobado, que se comprometerá a pagar si el deudor no lo hace.

  • Factoring sin notificación o Factoring secreto. El cliente no comunica a sus compradores que ha cedido sus créditos a favor del financista o favor. Se emplea principalmente en aquellos casos en que los compradores no mirarían con buenos ojo la cesión de sus acreencias a favor de una firma extraña a la relación habitual con su proveedor.

  • Factoring por intermedio o agency factoring. Es una variedad del Factoring de exportación y se describe como acuerdo en virtud del cual otra entidad diferente del factor efectúa las cobranzas (usualmente el mismo vendedor). Esta modalidad constituye un acuerdo de servicio completo, pero no incluye la actividad de las cobranzas y solo algunas veces asume el riesgo crediticio y el seguimiento y control del mayor de ventas.

  • Factoring “no revelado”. Es un Factoring en virtud del cual se ofrece un monto limitado de crédito (como por ejemplo el 80% del total cedido) con la finalidad de incentivar al cliente para que cumpla con eficiencia las funciones de administración y control del crédito que otorga.

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Ventajas del instrumento

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  • Ahorro de tiempo, ahorro de gastos, y precisión de la obtención de informes.

  • Permite la máxima movilización de la cartera de deudores y garantiza el cobro de todos ellos.

  • Simplifica la contabilidad, ya que mediante el contrato de factoring el usuario pasa a tener un solo cliente, que paga al contado.

  • Saneamiento de la cartera de clientes.

  • Permite recibir anticipos de los créditos cedidos.

  • No endeudamiento: compra en firme y sin recurso.

  • Para el personal directivo, ahorro de tiempo empleado en supervisar y dirigir la organización de una contabilidad de ventas.

  • Puede ser utilizado como una fuente de financiación y obtención de recursos circulantes.

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Desventajas del instrumento

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  • Coste elevado. Concretamente el tipo de interés aplicado es mayor que el descuento comercial convencional.

  • El factor puede no aceptar algunos de los documentos de su cliente.

  • Quedan excluidas las operaciones relativas a productos perecederos y las de a largo plazo (más de 180 días).

  • El cliente queda sujeto al criterio de la sociedad factor para evaluar el riesgo de los distintos compradores.

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