Renting

Definición

Contrato mercantil bilateral por el que una de las partes, la sociedad de renting, se obliga a ceder a otra, el arrendamiento, el uso de un bien por un tiempo determinado, a cambio del pago de una renta periódica.

Normativa básica que lo regula

Ley 26/1998 sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito. (Disposición Adicional Séptima).

Características

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  • Propiedad del bien: el cliente disfruta del bien en régimen de alquiler, no existiendo de forma estándar una opción de compra al final del contrato. Los bienes no se incorporan al inmovilizado ni se reflejan en el balance de la empresa.
  • Plazo: de 2 a 5 años, dependiendo del tipo de bien y de las necesidades del cliente.
  • Gestión: todas las gestiones, tanto administrativas como de mantenimiento, corren a cargo de la entidad de renting.
  • Sustitución: al ser un contrato de alquiler, los equipos pueden ser renovados o sustituidos a su finalización o bien, mediante acuerdos con la entidad de renting, puede prolongarse el período de alquiler.
  • Inversión: el equipo alquilado no se registra en el inmovilizado del cliente, ya que no puede considerarse una inversión.
  • Servicios: la cuota de alquiler incluye todos los servicios necesarios para el correcto funcionamiento del equipo mediante mantenimientos periódicos, servicios de reparación, sustitución en caso de avería prolongada o siniestro, etc.
  • Cuotas: aunque lo habitual es que las cuotas de arrendamiento se determinen fijas y constantes, pueden darse casos en los que se pacten con el cliente cuotas variables, crecientes o decrecientes.
  • Formalización: Los contratos de renting suelen instrumentarse por escrito en una póliza intervenida por notario.

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Subtipos

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  • Renting de Vehículos: Supone el alquiler de un vehículo, elegido por el Arrendatario o cliente, a un plazo de tiempo pactado.
  • Renting de Equipos: Se pacta el alquiler de los equipos y los servicios a incorporar para cada uno de ellos:
    • Renting Tecnológico: Equipos Informáticos y de Comunicaciones.
    • Renting Financiero: Bienes cuyo uso está muy restringido al Arrendatario o que su plazo de arrendamiento coincide con su vida útil.
    • Renting Operativo: Bienes de equipo.

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Ventajas del instrumento

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  • Posibilita un crecimiento de las ventas sin bloquear sus líneas de financiación al no tener que intervenir en la compra de los equipos.
  • Menor presión para hacer descuentos sobre el precio.
  • Se asegura la venta del servicio de mantenimiento durante la vigencia del contrato de alquiler.
  • Se garantiza el puntual cobro del servicio de mantenimiento, pues forma parte de la cuota.
  • Anticipación del importe del mantenimiento con carácter semestral.
  • Se fideliza al cliente al mantener una opción preferente en el momento de sustituir los equipos.
  • Evita la anticipación del IVA en el proceso de compra y venta.
  • Mejora los ratios de rentabilidad del balance.
  • Permite una mejor adaptación a la evolución tecnológica de los equipos existentes en el mercado, o a la evolución de la propia empresa.
  • Los bienes en renting no se incorporan al inmovilizado de la empresa.
  • Los bienes en renting no se reflejan en el balance de la sociedad, aligerándolo.
  • Una operación de renting tiene una administración muy sencilla.
  • Disminuye el número de documentos (sólo una factura) y de proveedores.
  • El alquiler es 100% gasto fiscalmente deducible.
  • Evita cualquier controversia acerca de la amortización del equipo ya que no es propiedad del arrendatario.

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Desventajas del instrumento

[su_list icon=”icon: chevron-circle-right” icon_color=”#166a95″ class=”Lista”]

  • No existe opción de compra a favor del arrendatario al término del contrato de arrendamiento.
  • La rescisión anticipada, sobre todo en el renting que se efectúa sobre vehículos, suele implicar el pago de una indemnización muy elevada.
  • No es una opción disponible en el mercado para todos los bienes que una empresa pueda necesitar.
  • Suele incorporar cláusulas de penalización por un uso excesivo del bien, como, por ejemplo, el tiempo de utilización del mismo o los kilómetros recorridos, que alteran el coste inicial previsto de la operación.
  • Por regla general, implica el depósito de una fianza.

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