Confirming / Factoring Inverso

Definición

Servicio financiero que ofrece una entidad financiera con el objeto de facilitar a sus clientes la gestión del pago de sus compras.

Normativa Básica que lo Regula

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Características

  • Finalidad: externalizar la gestión administrativa de los proveedores de la compañía vía la realización de esta tarea por una entidad financiera. De otro lado, dicha entidad financiera ofrecerá a los proveedores de la citada compañía el cobro anticipado de sus facturas, en las condiciones que se determine.

  • Importe: la entidad financiera puede delimitar el importe máximo de los pagos gestionados y, especialmente, de los importes que anticipará a los proveedores, en función del riesgo que esté dispuesta a asumir.

  • Garantía: una vez aceptadas las facturas para su gestión de pago y comunicada la posibilidad de anticipo de las mismas a los proveedores, la entidad financiera puede garantizar el pago de las mismas.

  • Duración: por regla general, un año, con posibilidad de renovación.
  • Formalización: contrato específico instrumentado en póliza.

 

Subtipos

  • Sin recurso: La empresa de confirming asume totalmente el riesgo de incobrabilidad del deudor.
  • Con recurso: Las empresas que desarrollan esta modalidad de confirming no asumen el riesgo de incobrabilidad del deudor y, por ello, solicitan al cliente la firma de un vale, de un aval o de una fianza como garantía del adelanto recibido.

 

Ventajas del instrumento

  • Permite simplificar y optimizar la gestión de pagos
  • Mejora la solvencia e imagen ante el proveedor permitiendo una mayor capacidad de negociación con ellos
  • Mayor flexibilidad por el carácter automático de la fórmula
  • Permite la re-compra de sus propios compromisos de pago

 

Desventajas del instrumento

  • El empresario depende de una entidad financiera determinada, sin que pueda aprovechar las ofertas alternativas que, en cada momento, pudiera ofrecérsele para la gestión de las facturas de sus proveedores.

  • El empresario se ve sujeto a los requisitos formales impuestos por la entidad financiera.
  • El empresario debe adaptar la emisión de facturas y el control de sus procesos financieros a los requisitos del contrato confirmatorio

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