¿Cuales son las infracciones que Hacienda considera graves?

infracciones que Hacienda considera graves
infracciones que Hacienda considera graves

Infracciones que Hacienda considera graves.

Sin lugar a dudas una de los peores momentos de un autónomo es cuando llega una notificación de Hacienda informando de una inminente inspección. Y es que aunque se tenga todo en orden y estemos casi seguro de que no haber cometido ninguna infracción, solo pensar por qué Hacienda quiere revisar nuestros papeles puede quitar el sueño.

En este articulo presentamos qué infracciones Hacienda considera graves, cuáles muy graves, y por qué.

Infracciones leves, graves y muy graves para hacienda

La normativa clasifica las infracciones tributarias como leves, graves y muy graves. Es la Ley quien establece los parámetros de cada una de las clasificaciones y las consiguientes sanciones económicas a aplicar.

Para clasificar las infracciones en leves, graves o muy graves, la normativa se basa en dos motivos que se detectan en una inspección de hacienda, y son la ocultación de datos y la utilización de medios fraudulentos.

Hacienda entiende como ocultación de datos cuando no presentas declaraciones o, cuando las que presentas incluyen operaciones que no existen, con importes falsos, y/u omites de forma parcial o totalmente operaciones.

Qué se considera fraude hacienda

Dentro del uso de medios fraudulentos hay tres variantes:

1- Llevar de forma incorrecta los libros de contabilidad o registro. La anomalía ser superior a un 50% del importe e la base de la sanción. Entre el 10% y el 50% se considera grave. A partir del 50% es muy grave.

2- Emplear facturas, justificantes y/u otros documentos falsos. Esto constituirá un infracción muy grave si la incidencia de estos documentos representa un porcentaje superior al 10% de la base de la sanción. Menos del 10% sería infracción grave.

3- Usar personas o entidades interpuestas, permitiendo no conocer la verdadera situación de la empresa. Esta incidencia es muy grave.

Calificación y sanción de las infracciones que Hacienda considera graves

Sanción muy grave:

  • Siempre que se hayan utilizado medios fraudulentos.
  • Cuando la infracción se basa en cantidades retenidas y el importe es superior al 50% de la base de sanción

Grave:

  • Cuando la base de la sanción es superior a 3.000€ y hay ocultación.
  • Cuando la infracción se basa en cantidades retenidas y el importe es igual o superior al 50% de la base de sanción.
  • Cuando se utilizan facturas, justificantes y documentos falsos, sin que la incidencia supere el 10% de la sanción.
  • Llevar incorrectamente la contabilidad y que esto suponga un porcentaje entre el 10% y el 50% de la base de la sanción.

Leve:

Las infracciones leves son cuando no se da ninguna de las circunstancias anteriores.

  • Cuando la bese de la sanción sea igual o inferior a 3.000€, haya o no ocultación.
  • Cuando la base de sanción sea superior a 3.000€, sin ocultación.

Si Hacienda detecta una incorrección, la sanción será proporcional a la calificación de esta. Por la tanto, el sujeto tendrá que abonar la cantidad que realmente le corresponda en la autoliquidación y una penalización que puede oscilar entre el 50% y el 150% del importe que dejó de pagar.

Dependiendo de su calificación, las sanciones consisten en esta proporción:

  • Infracción leve: 50%
  • Infracción grave: 50% – 100%
  • Infracción muy grave: 100% – 150%

En el caso de infracciones graves y muy graves, Hacienda aplicará los criterios de graduación de comisión repetida y perjuicio económico. Además, si el sujeto solicita indebidamente devoluciones, beneficios o incentivos fiscales, la infracción pasará a se grave y se aplicará una multa del 15% de la cantidad recibida. Y si se han omitido datos relevantes o se han incluido datos falsos, se aplicará un recargo de 300€.

(Vía – cepymenews)


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