¿Es ilegal montar una tienda online sin ser autónomo?

Montar una tienda online sin ser autónomo
Montar una tienda online sin ser autónomo

Montar una tienda online sin ser autónomo. El comercio electrónico es un tipo de negocio al alza, ya lo sabe todo el mundo. Únicamente en España, las transacciones comerciales superaron los 3.000 millones de euros en el cuarto trimestre de 2017. Y las previsiones siguen siendo buenas.

Por un lado, los usuarios no paran de crecer. De hecho, seremos unos 19 millones de internautas españoles los que compraremos en la red este año. A esto se le suma el incremento del gasto medio de cada uno de nosotros. Si comparamos los datos entre 2014 y 2017, se puede ver cómo hemos aumentado lo que gastamos en 624 euros.

Crear una tienda online es una buena manera de conseguir unos cuantos ingresos extra. Pero no siempre conseguiremos que las ventas sean suficientes para asegurar nuestra estabilidad económica. Por eso, la primera pregunta que solemos hacernos es: ¿tenemos que darnos de alta en autónomos para poder crear un negocio en internet? La respuesta es clara. Sí.

Desde el primer día, incluso antes de hacer tu primera venta. Si quieres que todo sea completamente legal, tendrías que estar dado de alta en la Seguridad Social. Afortunadamente, esta afirmación viene con matices.

Crear una tienda online es una manera de conseguir ingresos extra
Crear una tienda online es una manera de conseguir ingresos extra

Puedes montar una tienda online sin ser autónomo, si cumples estos dos requisitos:

No desarrollas la actividad de manera habitual.

No es tu principal fuente de ingresos.

Lamentablemente, la ley es escasa al respecto y, en ella, no se aclara mucho más. Así que, en el caso de recibir un toque de atención, la resolución dependería de lo que dictase el inspector. Y, por supuesto, siempre tendremos la oportunidad de interponer un recurso.

No obstante, la buena noticia es que hay varias sentencias que pueden actuar a nuestro favor. Cuando por segunda vez un tribunal se pronuncia sobre el mismo tema y sus sentencias coinciden, se crea jurisprudencia. Esto quiere decir que, de producirse un tercer conflicto en torno a la misma materia; es de esperar que finalice con el mismo resultado.

En esas sentencias, se aclara que solo existe obligación de alta y cotización en el RETA si el nivel de ingresos es superior al 75% del SMI anual (Salario Mínimo Interprofesional). Y se reitera, además, la necesidad de habitualidad. Por lo que, en principio, si te encuentras dentro de este margen, estarías a salvo.

¿Y si quiero montar una tienda online sin ser autónomo?

Si quieres abrir una tienda online sin ser autónomo y estás completamente seguro de que no incumples los requisitos para no darte de alta en la Seguridad Social, entonces solo tendrás que hacerlo en Hacienda. Este apartado no da lugar a interpretación. Es completamente obligatorio estar al día con la Administración.

Abrir una tienda online sin ser autónomos, debes estar al día con la Administración
Abrir una tienda online sin ser autónomos, debes estar al día con la Administración

Lo necesitas para poder emitir facturas y para poder justificar correctamente tus impuestos (incluso si no has generado ventas). Así que pase lo que pase tendrás que darte de alta en Hacienda aún sin ser autónomo. Para ello, deberás registrarte en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.

Ante esto, muchos profesionales se cuestionan la obligatoriedad de darse de alta en el RETA. Vamos a intentar aclarar estos aspectos.

La legislación actual y el estatuto del autónomo son tajantes al afirmar que hay que darse de alta desde el primer día si estás ejerciendo una actividad regular y si vendes algo. Aunque no factures ni estés ganando dinero. El hecho de ofrecer un servicio o un producto ya implica que debes estar de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, según un artículo publicado el portal corporativo de Gestron, blog de la Asesoría Ayuda TPymes, especializada en autónomos y pequeñas empresas.

En este artículo, se asegura, sin embargo que existen ciertas lagunas que permiten a los emprendedores explorar una vía alternativa a asumir los costes de autónomo y no caer en la ilegalidad de la economía sumergida. Es conveniente aclarar que el mito de que puedes darte de alta en Hacienda, pero no en el RETA es falso; y además aumenta las probabilidades de que seas inspeccionado.

Cabe aclarar que, en cualquier caso, esto no asegura que la Inspección de Hacienda no vaya a ir a por ti. Sin embargo, esta doctrina ha estado presente en varias sentencias, que han dictaminado ese límite del Salario Mínimo Interprofesional. De todos modos, en ese deberás ir a juicio y demostrar todos estos hechos. De base, las autoridades podrían intervenir y pedirte explicaciones, aunque tus ingresos estén por debajo del SMI.

Por otro lado, existe la alternativa de las cooperativas que facturan por ti, cuyo sistema no es otro que contratarte durante los días en los que estás prestando un servicio o has vendido productos e ingresarte en nómina el neto de la factura menos su comisión. Desde Gestron, por ejemplo, desaconsejan esta opción por ser poco rentable, especialmente en el caso de que puedas beneficiarte de la tarifa plana de autónomo.

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